lunes, 28 de septiembre de 2015

Caminos rurales de titularidad municipal

Camino de Valrepiso después de su arreglo en 2010
Ruegos presentados por nuestro grupo municipal el pasado pleno ordinario del 24 de septiembre, teniendo en cuenta el deterioro de los caminos, el mal estado de su señalización y la normativa vigente. 

El término municipal de Membrilla tiene cerca de 100 caminos públicos con una longitud aproximada de 250 km.

Para regular el uso, disfrute, mantenimiento, y respeto de las vías públicas rústicas de titularidad municipal, se aprobó hace algunos años la ordenanza municipal, se realizó la señalización de los caminos y en el año 2011 se modificó la ordenanza actualizando la relación y longitud de los caminos.

Rogamos: 

1) La recuperación de los planes anuales de arreglo de caminos rurales del Término municipal con aprobación previa en el Consejo Local Agrario y búsqueda de fuentes que colaboren en su financiación.

2) La señalización correcta de los caminos rurales, adaptándola a la ordenanza aprobada en 2011, reponiendo y ampliando los carteles necesarios.

3) La organización y señalización de rutas guiadas de senderismo y bicicleta de montaña por los caminos y parajes de nuestro término municipal.

Dice esta ordenanza en algunos de sus artículos:

Artículo 2.2 
Es competencia del Ayuntamiento de Membrilla las funciones de conservación, mantenimiento y policía de los caminos de titularidad municipal dada su condición de Bienes de Uso Público Local.

Artículo 12
El Ayuntamiento procurará y fomentará toda iniciativa que se proponga en orden a la revalorización y buen uso de los caminos en beneficio de todos y que supongan utilizaciones de ocio o de trabajo, turísticas, de esparcimiento educativo, deportivas u otras con fines similares.

El Ayuntamiento velará en todo momento por el mantenimiento adecuado para cumplir las necesidades de uso agrícola o ganadero de los caminos, así como para posibilitar las funciones de vigilancia de conservación del medio ambiente de prevención y extinción de incendios y de Protección Civil.

Artículo 24
El Ayuntamiento, en su calidad de titular de las vías rústicas públicas, realizará actividades de conservación, mejora y reposición general de los caminos vecinales rurales dentro del término municipal, llevando a cabo las obras que se estimen pertinentes por los Servicios municipales, atendiendo, siempre que lo permitan las posibilidades presupuestarias, las obras requeridas por los usuarios de dichas vías.

Artículo 25
El Ayuntamiento acometerá anualmente un plan de obras de reposición y conservación de los caminos rurales, dentro de las posibilidades presupuestarias de cada ejercicio, sin perjuicio de inversiones extraordinarias con motivo de daños graves que imposibiliten el uso del camino, en cuyo caso, se considerarán las obras como urgentes y se podrá habilitar una ampliación del crédito para afrontar el gasto, siguiendo los procedimientos establecidos en la legislación presupuestaria.

Artículo 26.-
Por los Servicios Técnicos Municipales, previo informe de la Guardería Rural, se elaborará el plan de reposición y conservación, atendiendo a criterios de uso y urgencia, atendiendo a las peticiones efectuadas por los usuarios de los caminos públicos. 

Dicho plan deberá ser aprobado por el Ayuntamiento Pleno, previo informe de la Comisión informativa competente por razón de la materia.

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