El PSOE de Membrilla, que aprobó esta ordenanza pionera en su etapa de gobierno en el año 2010, solicita en el pleno del 31 de enero que se recupere la publicación de esta normativa en la web municipal y pide a todos sensibilidad en su cumplimento para evitar desgracias y problemas a sus propietarios.
ORDENANZA REGULADORA DE PROTECCIÓN DE POZOS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MEMBRILLA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente ordenanza se dicta en virtud de la potestad reglamentaria municipal prevista en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en previsión de las situaciones de peligro que se puedan generar por la ausencia del vallado perimetral o del debido tapado del brocal de los pozos.
Esta ordenanza subsiste como complemento a la normativa urbanística vigente en el municipio de Membrilla, (Ciudad Real), si bien quedará supeditada en un futuro a lo que se disponga, en los aspectos que se regulan, en ulteriores instrumentos de planeamiento general.
Artículo 1.1. Los propietarios de terrenos dentro de este término municipal en los que existan pozos, cualquiera que sea su finalidad o destino, y al margen de que los mismos sean o no aprovechables para uso alguno, deberán mantenerlos en las condiciones que se señalan en el apartado tercero de este artículo.