lunes, 29 de abril de 2019

Utilización partidista de Membrilla TV

Los ciudadanos tienen derecho a recibir una información veraz y plural.

El PSOE de Membrilla ha solicitado información de la emisión de los espacios electorales durante la campaña de las elecciones generales en Membrilla TV, días de emisión, horarios, minutos y partidos políticos, especialmente el viernes 26 de abril.

Como ustedes habrán comprobado, Membrilla TV no emitió el acto público organizado por el PSOE el pasado 25 de abril ni la visita del candidato al Congreso, Miguel González a una industria agrícola de nuestro pueblo. Por contra si ha estado emitiendo entrevistas de los candidatos del Partido Popular.

Membrilla TV financiada con fondos públicos del ayuntamiento de Membrilla, no cuenta con órganos de participación y control e incumple sistemáticamente desde sus inicios, el derecho del público a recibir una comunicación audiovisual plural.

El derecho a la información es uno de los pilares de la democracia, una herramienta clave para la conformación de una opinión pública libre.

El derecho a la información es un Derecho Fundamental reconocido en nuestra Constitución y un Derecho Humano protegido por los textos internacionales.

"El derecho a la información cuenta con dos claras vertientes, por un lado el derecho a ser informado, sin que el Estado pueda en ningún caso manipular la información que los ciudadanos tienen derecho a conocer, al tiempo que ha de impedir que nadie pueda llegar a hacerlo. La segunda vertiente de éste derecho es la de dar a conocer a la opinión pública información veraz, libre, efectiva, objetiva y plural, de tal forma que la censura previa se halla absolutamente vetada por el Texto Constitucional. Los hechos de los que se informe han de ser ciertos, no hay lugar para la rumorología, y ha de ser enteramente plural, el ciudadano tiene el derecho a recibir la información por el medio de comunicación por él elegido, sin que quepa un único cauce de conocer la información. La libertad de información se manifiesta como una libertad activa, el derecho a buscar y difundir información, pero también como una libertad pasiva, el derecho a recibir información"[1].

Normativa que ampara el derecho a la información:

1. La Constitución Española, en el Título I. De los derechos y deberes fundamentales, reconoce y protege el derecho a la información:

El artículo 20.1.d) dice literalmente:
“A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”.

Y el artículo 20.3:

“La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad…”

2. La Ley General de Comunicación Audiovisual 

Aprobada en el año 2010, en su artículo 4 ampara el derecho del público a recibir una comunicación audiovisual plural, especialmente cuando se realiza a través de prestadores de titularidad pública.

Artículo 4 El derecho a recibir una comunicación audiovisual plural

1. Todas las personas tienen el derecho a que la comunicación audiovisual se preste a través de una pluralidad de medios, tanto públicos, comerciales como comunitarios que reflejen el pluralismo ideológico, político y cultural de la sociedad. Además, todas las personas tienen el derecho a que la comunicación audiovisual se preste a través de una diversidad de fuentes y de contenidos y a la existencia de diferentes ámbitos de cobertura, acordes con la organización territorial del Estado. Esta prestación plural debe asegurar una comunicación audiovisual cuya programación incluya distintos géneros y atienda a los diversos intereses de la sociedad, especialmente cuando se realice a través de prestadores de titularidad pública.

3. Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

Sección V. Propaganda y actos de campaña electoral

Artículo cincuenta y tres. Período de prohibición de campaña electoral.

No puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado. La obtención gratuita de medios proporcionados por las Administraciones Públicas quedará limitada al periodo estricto de campaña electoral. Las limitaciones anteriores se establecen sin perjuicio de las actividades realizadas por los partidos, coaliciones y federaciones en el ejercicio de sus funciones constitucionalmente reconocidas y, en particular, en el artículo 20 de la Constitución.

No obstante lo anterior, desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio legal de la campaña, queda prohibida la realización de publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales, no pudiendo justificarse dichas actuaciones por el ejercicio de las actividades ordinarias de los partidos, coaliciones o federaciones reconocidas en el apartado anterior.

Sección 6.ª Utilización de medios de comunicación para la campaña electoral.

Artículo sesenta. Publicidad electoral en medios de comunicación.

1. No pueden contratarse espacios de publicidad electoral en los medios de comunicación de titularidad pública ni en las emisoras de televisión privada.

Artículo sesenta y seis. Garantía de pluralismo político y social.

1. El respeto al pluralismo político y social, así como a la igualdad, proporcionalidad y la neutralidad informativa en la programación de los medios de comunicación de titularidad pública en período electoral, serán garantizados por la organización de dichos medios y su control previstos en las Leyes. Las decisiones de los órganos de administración de los referidos medios en el indicado periodo electoral son recurribles ante la Junta Electoral competente de conformidad con lo previsto en el artículo anterior y según el procedimiento que la Junta Electoral Central disponga.

2. Durante el periodo electoral las emisoras de titularidad privada deberán respetar los principios de pluralismo e igualdad. Asimismo, en dicho periodo, las televisiones privadas deberán respetar también los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales así como en la información relativa a la campaña electoral de acuerdo a las Instrucciones que, a tal efecto, elabore la Junta Electoral competente.

Subida del PSOE en Membrilla y bajada del significativa del PP

Victoria rotunda del PSOE en España y hundimiento del PP

También en Membrilla se comprueba el comportamiento general, el PSOE sube 202 votos (+ 4 %) y el PP pierde 600 votos (-18 %).

Todo parece indicar que esta tendencia puede continuar en las elecciones municipales, autonómicas y europeas y es más que probable que el PSOE, también en Membrilla, obtenga un resultado que le permita gobernar, desde el respeto y el acuerdo, contando con todos los vecinos y colectivos y así afrontar el futuro con optimismo, salir del aislamiento y frenar la marcha de población y empresas.

viernes, 26 de abril de 2019

Inmaculada Cotillas Jiménez encabeza una candidatura abierta y renovada

El PSOE de Membrilla presentó en el Casino Manchego su propuesta para las elecciones municipales del próximo 26 de mayo a unos días de las elecciones generales. 

Inmaculada Cotillas afronta este reto desde la ilusión y la responsabilidad de representar una alternativa y un proyecto nuevo, basado en el respeto y en el acuerdo, en el que contará con todos los vecinos y colectivos de Membrilla para avanzar y salir del retroceso y el aislamiento, aprovechando todas nuestras potencialidades. 

En el acto intervinieron también, Carmen Teresa Olmedo, Delegada Provincial de la Junta de comunidades de Castilla-La Mancha y la diputada regional Ana Isabel Abengózar, que constataron lo bueno que sería para Membrilla contar con un gobierno municipal del PSOE, apoyado por gobiernos socialistas en la Diputación Provincial, Junta de Comunidades y España, como así será después de las próximas citas electorales. 









Candidatura 

martes, 23 de abril de 2019

Acto público y presentación de candidatura

El jueves 25 de abril a las 21:00 h. en el Casino Manchego de Membrilla tendrá lugar un acto público con motivo de las elecciones generales del próximo domingo 28 de abril y la presentación de la candidatura del PSOE de Membrilla a las elecciones municipales.

Intervendrán:
Carmen Teresa Olmedo, Delegada Provincial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Ana Isabel Abengózar, Diputada Regional
Inmaculada Cotillas Jiménez, Candidata del PSOE a la alcaldía de Membrilla.


LA ESPAÑA QUE QUIERES
LA MEMBRILLA QUE QUIERES

sábado, 13 de abril de 2019

El PSOE de la provincia de Ciudad Real apuesta por una campaña de propuestas y animando a la movilización y al voto útil para lograr "una España más justa y social"

Con un llamamiento al voto útil para lograr “una España más justa y social”. Así ha iniciado la campaña electoral el Partido Socialista de la provincia de Ciudad Real en la tradicional pegada de carteles con la presencia de la cabeza de lista al Congreso, Blanca Fernández, el secretario provincial, José Manuel Caballero, y la alcaldesa de la capital, Pilar Zamora.

Para ello, Fernández ha avanzado que el PSOE llevará a cabo una campaña limpia y en positivo con la que explicar a la ciudadanía sus propuestas para los problemas reales de la gente. En este sentido ha manifestado que “explicaremos cómo pretendemos mejorar nuestra provincia con nuestra influencia en Madrid y también cómo construir una España en la que quepamos todos y en la que nos tenemos que entender”.