“La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos.”
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establecía en su Disposición final novena que los órganos de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dispondrán de un plazo máximo de dos años para adaptarse a las obligaciones contenidas en esta Ley.
La Federación Española de Municipios y provincias elaboró en el año 2014 una ordenanza marco de transparencia, acceso a la información y reutilización con el objetivo de servir a las Entidades Locales como guía para hacer de los Ayuntamientos entidades más transparentes y abiertas a la participación de los vecinos.
El 28 de abril de 2015 el Presidente de la Federación, Íñigo de la Serna, y el Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Beteta, suscribieron un convenio que busca facilitar a la Administración Local el cumplimiento de la Ley 19/2013.
Estas iniciativas permitirán cumplir en el plazo fijado (antes del 10 de diciembre de 2015) con las obligaciones de transparencia de las instituciones y el derecho de participación y acceso a la información de los ciudadanos, que contemplan tanto la propia Constitución y la Ley de Bases de Régimen Local tras su reforma, como la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno y serán un incentivo para iniciar la implantación en las Entidades de las medidas propias de Gobiernos Locales transparentes.
Teniendo en cuenta que:
· El artículo 2 establece que esta ley es de aplicación entre otros a:
a) La Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla y las entidades que integran la Administración Local.
c) Los organismos autónomos, las Agencias Estatales, las entidades públicas empresariales y las entidades de Derecho Público que, con independencia funcional o con una especial autonomía reconocida por la Ley, tengan atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre un determinado sector o actividad.
g) Las sociedades mercantiles en cuyo capital social la participación, directa o indirecta, de las entidades previstas en este artículo sea superior al 50 por 100.
· Que el artículo 5 obliga a publicar de forma periódica y actualizada la información cuyo conocimiento sea relevante para garantizar la transparencia de la actividad relacionada con el funcionamiento y control de la actuación pública.
· Que la información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables.
· Que los artículos 6, 7 y 8 obligan a ofrecer Información institucional, organizativa y de planificación, Información de relevancia jurídica y la Información económica, presupuestaria y estadística.
Rogamos se tomen las medidas necesarias para que antes del 10 de diciembre de 2015, el ayuntamiento de Membrilla pueda cumplir con la citada Ley de transparencia y conseguir el objetivo planteado en su preámbulo:
“La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política. Sólo cuando la acción de los responsables públicos se somete a escrutinio, cuando los ciudadanos pueden conocer cómo se toman las decisiones que les afectan, cómo se manejan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan nuestras instituciones podremos hablar del inicio de un proceso en el que los poderes públicos comienzan a responder a una sociedad que es crítica, exigente y que demanda participación de los poderes públicos.”
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